Divorcio Contencioso

Un divorcio será contencioso cuando sea uno de los miembros el que quiera divorciarse o cuando siendo deseo de los dos no consiguen llegar a un acuerdo sobre los efectos su divorcio, sus relaciones con los hijos comunes y el destino que van a tener sus bienes.

Este procedimiento es mucho más largo y costoso, que el procedimiento de mutuo acuerdo pues deberán realizarse más trámites, entre ellos, la celebración de juicio. Además, no será posible acudir a un mismo abogado y procurador.

Si usted quiere divorciarse y no consigue llegar a un acuerdo con su pareja sepa que los trámites del divorcio contenciosos son los siguientes:

  1. Acudir a un abogado. Deberá exponerle su situación, sus intereses e inquietudes en aras a poder confeccionar una demanda de divorcio acorde a sus circunstancias.Asimismo, deberá aportar a su abogado toda la documentación que éste le requiera para fundamentar la demanda de divorcio.
  2. Redacción y presentación de la demanda de divorcio. Su abogado redactará la demanda de divorcio y ésta será presentada ante el juzgado competente por el procurador.
  3. Recepción de la demanda y Oposición. Su pareja recibirá la demanda y dispondrá de 20 días para proceder a su contestación, indicando los motivos de oposición, es decir, porque solicita unas medidas diferentes a las solicitadas por su usted.
  4. Celebración de juicio. Se celebrará un juicio en el cual se practicarán las pruebas necesarias para que el Juez pueda decidir qué medidas deberán regular las consecuencias del divorcio. Al juicio deberán comparecer los dos cónyuges acompañados de sus respectivos abogado y procurador. Además, en el supuesto de que existieran hijos menores de edad será necesaria la asistencia del Ministerio Fiscal.
  5. Sentencia. Finalmente el juez dictará sentencia decretando el divorcio de los cónyuges e indicando las medidas que desde ese momento regirán la relación entre los cónyuges y la relación de estos con sus hijos, si los hubiera. Posteriormente, y como en el supuesto del divorcio de mutuo acuerdo, la sentencia será inscrita en el Registro Civil correspondiente.

Cambio de procedimiento

La ley permite, en cualquier momento del proceso, transformar el procedimiento contencioso en mutuo acuerdo. Por lo tanto, si en algún momento las partes llegan a un acuerdo podrán presentar una propuesta de convenio de Divorcio para que sea aprobada judicialmente.

Modificación de medidas

Las medidas establecidas en sentencia, ya sea consecuencia de un procedimiento contencioso o de mutuo acuerdo, podrán ser modificadas a solicitud de uno de los cónyuges o de ambos. En un artículo posterior se explicará el procedimiento que debe seguirse así como los requisitos necesarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es el divorcio contencioso?

Es aquel que se tramita cuando sea uno de los miembros el que quiera divorciarse o cuando siendo desea de los dos no consiguen llegar sobre los efectos su divorcio, sus relaciones con los hijos comunes y el destino que van a tener sus bienes.

¿Cuáles son los requisitos necesarios?

  • Que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, sin que sea necesario alegar causa alguna y sin necesidad de tramitar la separación previa.
  • Que ambas partes estén de acuerdo en divorciarse de mutuo acuerdo.

¿Qué documentación debe aportarse al juzgado?

Junto a la demanda de divorcio deberá adjuntarse:

  • Certificado de matrimonio.
  • Certificado de nacimiento de los hijos, si los hubiera.
  • Documentación para fundamentar la demanda de divorcio.

¿Podemos acudir al mismo abogado?

No. En los divorcios contenciosos cada parte debe tener su propio abogado y procurador.

¿Qué pasos hay que seguir?

  1. Acudir a un abogado. Deberá exponerle su situación, sus intereses e inquietudes en aras a poder confeccionar una demanda de divorcio acorde a sus circunstancias.Asimismo, deberá aportar a su abogado toda la documentación que éste le requiera para fundamentar la demanda de divorcio.
  2. Redacción y presentación de la demanda de divorcio. Su abogado redactará la demanda de divorcio y ésta será presentada ante el juzgado competente por el procurador.
  3. Recepción de la demanda. Su pareja recibirá la demanda y dispondrá de 20 días para proceder a su contestación, indicando los motivos de oposición, es decir, porque solicita unas medidas diferentes a las solicitadas por su usted.
  4. Celebración de juicio. Se celebrará un juicio en el cual se practicarán las pruebas necesarias para que el Juez pueda decidir qué medidas deberán regular las consecuencias del divorcio. Al juicio deberán comparecer los dos cónyuges acompañados de sus respectivos abogado y procurador. Además, en el supuesto de que existieran hijos menores de edad será necesaria la asistencia del Ministerio Fiscal.
  5. Sentencia. Finalmente el juez dictará sentencia decretando el divorcio de los cónyuges e indicando las medidas que desde ese momento regirán la relación entre los cónyuges y la relación de estos con sus hijos, si los hubiera. Posteriormente, y como en el supuesto del divorcio de mutuo acuerdo, la sentencia será inscrita en el Registro Civil correspondiente.

¿Las medidas establecidas en el convenio pueden modificarse?

Sí, para ello es necesario que se haya producido un cambio sustancial (importante) en las circunstancias que se tuvieron en cuenta en el momento en que se adoptó el convenio.
Por ejemplo se podrá solicitar el aumento o disminución de la pensión de alimentos si los ingresos de los padres han variado. O solicitar la modificación del convenio de divorcio como consecuencia de un cambio de residencia de uno de los padres que hace imposible cumplir el régimen de visitas que se adoptó.

¿El divorcio contencioso podrá convertirse en mutuo acuerdo?

Si, en cualquier momento, antes de dictarse sentencia, podrá solicitarse que el divorcio que se inició como contencioso pase a ser de mutuo acuerdo como consecuencia de que las partes han conseguido llegar a un acuerdo.